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Alquiler de coche con conductor
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Curiosidades sobre empresas de alquiler de coche con conductor

Curiosidades que tal vez no sabías sobre empresas de alquiler con coches con chófer

¿Necesitas alquilar un vehículo para ir al aeropuerto, a una reunión o algún evento especial? ¿Se trata de una ocasión tan importante que además deseas que el alquiler incluya el servicio de conductor para que te lleve de forma puntual y cómoda allí donde necesites?

Entonces lo mejor es que apuestes por una empresa de alquiler de coches con chófer que te ofrezca un servicio totalmente personalizado y exclusivo. Para estas compañías, lo más importante son sus clientes por lo que cada uno de ellos recibe un trato totalmente adaptado a sus gustos y necesidades.

Además de toda la información detallada acerca de la contratación de estos servicios que cada usuario puede encontrar en cada una de las webs corporativas de estas empresas hay una serie de requisitos que éstas deben cumplir para poder constituirse como tales.

No se trata de que compruebes la normativa en aquella empresa en la que muestres mayor interés sino que nuestro objetivo, en esta ocasión, no es ni más ni menos que aprendas un poquito más sobre los requisitos que deben cumplir estas compañías.

Normativa a cumplir

¿Qué tipo de detalles debes conocer sobre la normativa que siguen las empresas de alquiler de coches con chófer antes de decidirte a contratar alguno de sus servicios?

  • El alquiler de vehículos con conductor se constituye como una modalidad específica de transporte de viajeros en vehículos de tipo turismo.
    • Deben tener una longitud mínima de 4,70 metros.
    • Una antigüedad máxima de 8 años teniendo en cuenta la fecha desde su primera matriculación.
    • La capacidad máxima de esta modalidad de vehículo es de 9 plazas.
      • En el caso de que el vehículo sea de 5 plazas la potencia del motor debe ser superior a 14 caballos.
      • Para vehículos de más de 5 plazas la potencia del motor tendrá que ser igual o superior a 18 caballos si el vehículo además tiene una longitud superior a 5 metros.
    • Todos los vehículos deben llevar a bordo una hoja de ruta en la que se indique, como mínimo, la matrícula del turismo, el nombre y DNI o CIF del arrendador y arrendatario, el lugar y la fecha en la que se realiza el contrato.
    • Todos los vehículos de los que están dotados estas empresas pueden llevar rotulada publicidad y signos externos de identificación pero nunca deben inducir a confusión con la actividad que desarrollan aquellos vehículos que cuentan con la licencia de taxi.
    • Para que se pueda llevar a cabo este servicio, requiere de la autorización administrativa.
    • Los chóferes de estos coches de lujo no pueden estacionarse ni circular por las vías públicas para captar clientes que no hayan contratado el servicio de manera previa.
    • La contratación del servicio debe hacerse con antelación siempre de manera presencial, telefónica o telemática.

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